Los ciudadanos deben acostumbrarse a resolver conflictos sin acudir a juicio

Un libro coordinado por el catedrático de escuela universitaria de la Universidad de Extremadura analiza la recientemente aprobada Ley de Mediación en Asuntos Civiles y Mercantiles, norma que contribuirá a aliviar el trabajo de los tribunales
18/11/2013. La mediación ha sido tradicionalmente una práctica poco extendida en España. Extremadura, a diferencia de otras comunidades autónomas que poseen una normativa autonómica sobre mediación familiar, ni tan siquiera ha contado con una ley autonómica que regule esta vía de resolución de conflictos.
Como explica el coordinador de esta obra titulada: “Ley 5/2012, de 6 de julio. Comentarios a la Ley de Mediación en Asuntos Civiles y Mercantiles”, el arranque en nuestro país de esta nueva iniciativa permitirá, sin duda, modernizar el actual sistema judicial y “aligerar el trabajo de los colapsados tribunales españoles”.
La nueva legislación ayudará a solucionar problemas más allá del litigio tradicional de una forma más barata y más rápida. Así lo creen tanto el profesor en Derecho Mercantil de la UEx, Luis Marín Hita, como el resto de profesionales que ha participado en el libro. Para este grupo de expertos la mediación contribuirá a crear una cultura de paz, en la que las partes, con ayuda de un tercero neutral, serán capaces de resolver un conflicto sin pasar por la resolución de un juez.
“Los ciudadanos deben acostumbrarse a resolver algunos de sus conflictos sin acudir necesariamente a juicio pues, en contra de lo que originariamente cree el ciudadano, a efectos jurídico es igualmente vinculante que una sentencia judicial”, ha matizado la profesora Lourdes Moreno Liso y autora también de este manual.
Además, la Ley 5/2012, de 6 de julio supondrá una oportunidad laboral para muchos titulados superiores que podrán ejercer profesionalmente como mediadores. “Aunque el reglamento que regulará esta ley dictaminará quien puede ser mediador, nosotros desde la Universidad de Extremadura ya estamos impartiendo formación en base al borrador del proyecto existente. Estamos ofreciendo, a través de cursos de posgrado, una formación eminentemente práctica no solo a licenciados en derecho sino también a psicólogos, trabajadores sociales o profesionales de formación profesional de segundo ciclo, ha señalado la profesora Lourdes Moreno Liso.
En el libro Ley 5/2012, de 6 de julio. Comentarios a la Ley de Mediación en Asuntos Civiles y Mercantiles han participado también Ángela Murillo Bermejo, Francisco Lamoneda Díaz, María Eugenia Parra Jiménez, Francisco Rubio Sánchez y José Javier Soto Ruiz. El propósito de este texto ha sido contribuir al conocimiento de la norma así como analizar sus diferentes artículos y disposiciones.
Aunque no han querido profundizar excesivamente en el desarrollo reglamentario del texto, puesto que, aunque existe un proyecto aún no ha sido promulgado, sí que en sus análisis y reflexiones “han tenido en cuenta tanto los antecedentes legales como los dictámenes de órganos como el Consejo General del Poder Judicial, el Consejo de Estado o el Consejo General de la Abogacía”. También resalta la concordancia con otros textos legales como la Ley de Enjuiciamiento Civil.